El Tribunal Supremo Popular de Cuba anunció que en lo adelante los actos vandálicos que se están produciendo en el país, según la propaganda oficial, serán castigados como delitos de sabotaje, incluso con pena capital, en una vuelta de tuerca de la respuesta represiva a la crisis de seguridad que experimenta Cuba.
De acuerdo con una nota de la institución, en la que dice que la decisión responde a "la creciente preocupación ciudadana" y que busca "ejercer justicia en nombre del pueblo", el Supremo asegura que "recientemente, han salido a la luz confesiones sobre diversos hechos que han afectado sectores esenciales, como el transporte, la aviación, las ambulancias, los grupos electrógenos, los paneles solares y las telecomunicaciones", reseña el portal web Diario de Cuba.
"Estos eventos comprometen bienes estratégicos en los que el país ha invertido significativos esfuerzos para garantizar servicios vitales a la población", señala.
Añade el Supremo que "las autoridades han señalado que algunos de los responsables han sido presentados ante los tribunales por diversos delitos, lo que ha generado respuestas de la ciudadanía y preocupación entre los trabajadores de los sectores afectados".
"En este contexto, el Consejo de Gobierno (del Tribunal Supremo), haciendo uso de las facultades otorgadas por el artículo 148 de la Constitución y el artículo 29 de la ley 140 de los tribunales de justicia, ha determinado que estas conductas constituyen un delito de sabotaje", anuncia.
El Tribunal Supremo cubano señala que el artículo 125 del Código Penal establece sanciones de entre siete y 15 años de cárcel para esa clase de delitos, aunque el artículo 126 "prevé penas agravadas de hasta 30 años, cadena perpetua o incluso la pena de muerte en casos donde se ponga en peligro la vida de las personas o la seguridad colectiva".
"Además de la privación de libertad, la legislación contempla sanciones accesorias, como la confiscación de bienes, restricciones de movilidad y la obligación de reparar los daños causados", agrega.
El Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular señala en la nota que la decisión "reafirma el compromiso de aplicar la ley con severidad ante estos hechos, garantizando una respuesta contundente y ajustada al ordenamiento jurídico vigente".
Medios oficiales han denunciado en los pasados meses frecuentes hechos de apedreamiento de ómnibus urbanos, robos de partes y piezas de parques solares, el incendio de gabinetes telefónicos o cortes de cables de fibra óptica, entre otros.
No es la primera vez que el aparato de propaganda del régimen cubano denomina como actos vandálicos acciones de protesta, apedreamiento de tiendas o incendios de locales estatales, como fue muy frecuente tras el estallido social del 11 y 12 de julio de 2021, autoagresiones urdidas por la Seguridad del Estado, como demostró DIARIO DE CUBA.
De hecho, El dictador Miguel Díaz-Canel insiste en que las manifestaciones masivas contra el régimen, mayormente pacíficas en decenas de ciudades de la Isla, fueron "actos vandálicos".
DIARIO DE CUBA pidió su valoración de la medida del Tribunal Supremo al exjuez cubano Edel González Jiménez, quien recordó que "el delito de sabotaje es intencional, tiene un dolo específico, que es el de, en este caso, sabotear".
"Pero si realmente los hechos que están sucediendo en estos lugares estratégicos, como dicen ellos, es, por ejemplo, para resolver la problemática ciudadana —digamos, si yo sustraigo varios panes solares con el objetivo de coger angulares para hacer un carretón de caballo—, ahí lo que hay es un delito de sustracción o de robo con fuerza, pero no puede haber un delito de sabotaje", advierte.
Según el jurista cubano, "el sabotaje implica una intencionalidad de hechos que puede ser hasta política", y en el anuncio del Supremo habría una "interpretación extensiva del delito de sabotaje para poder reprimir con mayor rigor a la población".
Otro ejemplo que menciona González Jiménez: "Si yo no tengo electricidad en mi casa porque el Estado no me acaba de facilitar los cables y veo que hay una línea de cables en desuso de un antiguo central azucarero y corto 50 metros de cable, ahí no podría haber sabotaje, sino sustracción, o apropiación indebida si está bajo mi custodia y yo me apropio de ello, o un delito de corrupción si yo soy el empresario y lo desvío, me apropio de esos recursos, malverso esos recursos".
"Creo que el delito de sabotaje utilizado en el contexto de tantas carencias que hay en Cuba es una interpretación que va a traer injusticia y severidad. Creo que es improcedente que se aplique en todos los casos. En aquellos casos en que una persona o un grupo de personas quiera sabotear un proceso determinado para conseguir un propósito específico, ese sí es un delito de sabotaje", señala.
El jurista recuerda un caso en el que varios jóvenes cubanos quitaron a las ruedas de casillas de ferrocarril para caña de azúcar una piezas de bronce con la intención de derretir el metal y venderlo como materia prima.
"Ese caso entró por la Seguridad del Estado a nuestro tribunal como sabotaje, y les dije que no, que era un robo con fuerza. Así se juzgó y se condenó, porque no había intencionalidad política. Cuando esos muchachos declararon delante de los jueces dijeron que no querían afectar la zafra ni la producción azucarera, sino coger esas piezas y venderlas como materia prima, porque el bronce se paga mejor".
Puntualiza González Jiménez que, con el anuncio de hoy, "el Tribunal Supremo se está prestando para meter miedo a la población".
Curiosamente, los tribunales cubanos no muestran la misma severidad con delitos como asaltos, robos, asesinatos o feminicidios que han desatado una crisis de seguridad en la Isla que las autoridades dicen enfrentar con tolerancia cero, pero que reciben sanciones más benignas que cuando se trata de delitos políticos.
FUENTE: DIARIO DE CUBA