Venezolanos y cubanos enfrentarían prohibición de entrada a EEUU sin importar el tipo de visa

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MIAMI.- La medida que contemplaría la prohibición total de entrada para cubanos y venezolanos, entre otros países a Estados Unidos "sin excepciones" está enmarcada en la orden ejecutiva de Donald Trump firmada el pasado 20 de enero, señalaron abogados expertos en inmigración consultados por DIARIO LAS AMÉRICAS.

Esa orden instruye al Departamento de Estado a restringir completamente la admisión de ciudadanos de países considerados “deficientes en investigación y selección migratoria”, dijo la jurista María Herrera Mellado de la firma Kivaki Law.

Esto significa que personas de Venezuela, Cuba y otros países designados podrían enfrentar una prohibición total de entrada a EEUU independientemente del motivo del viaje, refirió la experta.

Para el abogado Angel Leal, de la firma que lleva su nombre, “el alcance de una posible medida implementando restricciones de viajes de ciertos países pudiera tener un alcance bastante amplio”.

Dijo el jurista que esta medida pudiera afectar a Sudán, Venezuela, Somalia, Siria, Yemen, Irán, Libia, Cuba y Corea del Norte. También se pudieran agregar Pakistán y Afganistán.

Básicamente la orden ejecutiva exige que el secretario de Estado Marco Rubio, la Fiscal General Pam Bondi, la secretaria del Departamento de Seguridad Nacional Kristi Noem y la Directora de Inteligencia Nacional Tulsi Gabbard tienen 60 días de la fecha de la orden ejecutiva para identificar países que pudieran afectar los intereses de los Estados Unidos, enfatizó Leal.

De manera absoluta

Herrera Mellado señaló que la medida se aplica de manera absoluta. Ningún tipo de visa (incluyendo visas de turista, trabajo o estudio) permitiría la entrada a EEUU. Sin embargo, en este tipo de restricciones, suele haber excepciones, como permisos humanitarios o casos específicos aprobados por el Departamento de Estado o Seguridad Nacional.

Leal, por su parte, dijo que efectivamente esta medida podría implicar tanto visas de no inmigrante como visas de inmigrantes.

Doble nacionalidad

Los ciudadanos de Venezuela o Cuba que posean una segunda nacionalidad podrían ingresar a EEUU utilizando el pasaporte de su otra nacionalidad, siempre que esta no esté contemplada en la lista de países restringidos y cumplan con los requisitos migratorios de EEUU, explicó María Herrera Mellado.

En este contexto Leal considera que aquellas personas con doble nacionalidad tal vez no queden sujetas a las restricciones de viaje, aunque “depende cómo salga la orden ejecutiva, pero es posible que puedan ser incluidos”.

Sin embargo, por ejemplo el permiso de viaje ESTA (un sistema electrónico que Estados Unidos usa para determinar la elegibilidad de los visitantes que viajan a EEUU bajo el Programa de Exención de Visado) no está activo en estos momentos para los cubanos con doble nacionalidad, por lo que habrá que esperar cómo vendrá redactada la orden gubernamental.

Demandas

Para María Herrera Mellado una medida de este tipo podría enfrentar demandas en cortes, especialmente si se argumenta que viola derechos constitucionales, tratados internacionales o principios de no discriminación. Demandas similares se han presentado en el pasado contra restricciones migratorias amplias, como las implementadas bajo la Proclamación 9645 de 2017 (el llamado “travel ban”).

La prohibición de viajes fue una serie de medidas ejecutivas adoptadas por el presidente estadounidense Donald Trump que restringieron la entrada a Estados Unidos de ciertos ciudadanos extranjeros, comenzando con la Orden Ejecutiva 13769, emitida el 27 de enero de 2017.

La Orden Ejecutiva 13769, titulada "Protección de la Nación contra la Entrada de Terroristas Extranjeros a Estados Unidos" fue una orden del presidente Trump, que fue bloqueada por varios tribunales y que estuvo vigente desde el 27 de enero de 2017 hasta el 6 de marzo de 2017, cuando fue reemplazada por la Orden Ejecutiva 13780, una segunda orden con el mismo título "Protección de la Nación contra la Entrada de Terroristas Extranjeros a Estados Unidos", recordó Herrera Mellado.

Abogados y exfiscales advierten que el plan podría enfrentar impugnaciones judiciales, particularmente si no hay exenciones. Esta prohibición sería más amplia que las versiones que el presidente Trump emitió durante su primer mandato, según funcionarios familiarizados con el asunto en reportes periodísticos.

Descontinuar visas

Ángel Leal señaló que hay tres cláusulas en la ley que permiten esto: la sección 212F del Código de Migración que básicamente le da al presidente un amplio poder de suspender o imponer restricciones de viaje por proclamación para la entrada de extranjeros que identifican como personas cuya entrada puede ser perjudicial a los intereses de los Estados Unidos.

También hay la posibilidad que pueden invocar la ley sección 243D teniendo que ver con países recalcitrantes, es decir, aquellos países que se niegan o irrazonablemente demoran en aceptar el regreso de sus nativos con órdenes deportación desde los Estados Unidos, lo que permite descontinuar visas a esos ciudadanos nativos de los países aferrados a una opinión o conducta como una penalidad por no aceptar a sus conciudadanos.

También hay otra sección de ley que tiene que ver con restringir la entrada de aquellas personas que pueden constituir una amenaza para Estados Unidos o la política exterior del país, por lo tanto es la combinación de esas tres leyes lo que podría resultar en esta restricción de viaje. Esta medida también implicaría tanto visas de no inmigrante como visa de inmigrantes, acotó Leal.

Esto se ha intentado cuatro veces anteriores durante el primer mandato de Trump, este sería el quinto intento, dijo.

En todo caso, ambos expertos indicaron que poco después de asumir el cargo, el presidente Donald Trump ordenó a los funcionarios de su administración que elaboraran una lista de países que podrían formar parte de una prohibición de viajes ampliada, similar a la que introdujo durante su primer mandato para los países de mayoría musulmana, basándose en la idea de que cuentan con un sistema de seguridad débil para realizar verificaciones de antecedentes.

FUENTE: CONSULTA A ABOGADOS DE INMIGRACIÓN MARÍA HERRERA MELLADO Y ANGEL LEAL

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