Una vecina de Ourense solicita aumentar una indemnización por atropello y la Justicia lo rechaza: el tribunal concluye que la aseguradora ya cubrió los daños y perjuicios reconocidos (Montaje Infobae)Francisca, una vecina de Ourense, sufrió un atropello que marcó el inicio de una larga reclamación judicial por la que pidió una indemnización completa por los daños sufridos, desde días de perjuicio temporal hasta secuelas físicas y estéticas, además de la pérdida de calidad de vida. Su petición ascendía a 57.728,33 euros, aunque la aseguradora Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. ya había ingresado 34.920,03 euros.
La Audiencia Provincial de Ourense rechazó el recurso de Francisca y ratificó la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Verín, dictada en enero de 2025, con la que se zanjaba que Allianz solo tendría que abonar 642,97 euros adicionales, más los intereses legales, y asumir las costas del proceso de apelación. El tribunal, compuesto por María José González Movilla, María del Pilar Domínguez Comesaña y Ricardo Pailos Núñez, valoró cada uno de los puntos controvertidos después de escuchar los argumentos de ambas partes.
En el recurso, la defensa de Francisca, con la procuradora María Herminia Moreira Álvarez y el abogado Manuel López Núñez, cuestionó la evaluación de las lesiones temporales, la cuantía reconocida por la intervención quirúrgica, el número de puntos asignados al perjuicio estético y la definición de la pérdida de calidad de vida. La aseguradora, representada por el procurador Evaristo Francisco Manso y el abogado Antonio Taboada Oterino, defendió que las indemnizaciones ya abonadas cubrían lo que correspondía.
El tribunal provincial abordó primero el apartado de las lesiones temporales. La apelación defendía el dictamen del médico forense por su independencia frente a la valoración de la compañía. Según el fallo, recogido por los juzgados, “no cabe extender el periodo de sanidad hasta el mes de junio, cuando fue reconocida por el médico forense adscrito a los juzgados de Verín”, porque Francisca reconoció que tras recibir el alta médica en febrero de 2022 solo siguió controles y analgésicos, una circunstancia que no prolonga el proceso de curación.
Sobre la intervención quirúrgica, Francisca reclamó una suma de 1.000,87 euros y Allianz ya había abonado 869,80 euros. El tribunal consideró suficiente la cuantía pagada en su día y recordó que “la indemnización se mueve en un rango que va desde los 494,19 euros hasta 1.976,77 euros, por lo cual, tal y como razona la sentencia de instancia, a falta de esfuerzo argumental sobre las características de la operación, se considera correcta la cifra abonada en su día por la compañía”.
En cuanto al perjuicio estético, la sala mantuvo los cinco puntos asignados, superando los cuatro reconocidos inicialmente por la aseguradora. El tribunal explicó que la valoración depende de la visibilidad, la reacción emotiva y el efecto en las relaciones personales, y que las fotografías presentadas no justificaban aumentar esa puntuación.
Otro de los apartados que se discutieron fue la compensación por la pérdida de calidad de vida. La sentencia la calificó como leve, aludiendo a que Francisca, a pesar de su edad, mantiene una vida independiente y normal según un informe de detective. El tribunal concretó que “el perjuicio experimentado por la demandante, tal y como lo ha calificado la sentencia de instancia, es leve, resultando suficientes los 15.000 euros abonados por la compañía, que incluso rebasan el mínimo previsto para el perjuicio moderado”. Además, la valoración de las secuelas psicofísicas fue de ocho puntos, solo dos por encima del mínimo para percibir indemnización por este motivo.
Con esta resolución, el tribunal desestimó íntegramente el recurso de apelación, confirmó la sentencia inicial y estableció el pago de las costas para Francisca. La Audiencia Provincial de Ourense indicó que contra la decisión se puede interponer recurso de casación en un plazo de veinte días.
hace 14 horas
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