¿Qué significa la decisión del Supremo que le permite al gobierno de Trump seguir deportando a venezolanos bajo ley de guerra?

hace 1 semana 3

Nueva York – El Tribunal Supremo de Estados Unidos revocó este lunes la orden de un juez en Washington bajo la que se habían bloqueado las deportaciones de venezolanos encaminadas por la Administración Trump al amparo de la Ley de Enemigos Extranjeros (AEA) de 1798, que solo se había usado en tiempos de guerra.

La decisión se dio luego de que el gobierno federal presentara un recurso de emergencia al máximo foro tras el fallo de una corte de apelaciones que mantuvo en vigor el bloqueo impuesto, el 15 de marzo, por el juez James Boasberg.

Cabe señalar que la demanda no se enmarcó en la disputa sobre si la administración Trump utilizó adecuadamente o no su poder en tiempos de guerra, sino en el punto de dónde aquellos que impugnan su destitución deben lanzar sus reclamos y qué derechos los cobijan.

El tribunal determinó que a los venezolanos que el Gobierno busque deportar se les debe notificar de manera adecuada para que puedan apelar su remoción. En este sentido, la corte puso en cuestionamiento el proceder de la Administración al remover a personas sin darle la oportunidad de responder a los alegatos de vínculos con pandillas como el Tren de Aragua.

Los detenidos bajo la Ley de Enemigos Extranjeros deben recibir notificación después de la fecha de esta orden de que están sujetos a expulsión bajo la ley. La notificación debe ser proporcionada dentro de un plazo razonable y de tal manera que les permita solicitar el amparo de hábeas corpus en la jurisdicción correspondiente antes de que dicha expulsión ocurra”, decidieron los magistrados.

Ese debido proceso o tiempo razonable para impugnar las alegaciones del Gobierno está atado al recurso de habeas corpus.

“Independientemente de si los detenidos solicitan formalmente la liberación del confinamiento, dado que sus solicitudes de amparo implican necesariamente la invalidez de su confinamiento y expulsión bajo la Ley de Enemigos Extranjeros (AEA), sus solicitudes se enmarcan en el núcleo del recurso de habeas corpus y, por lo tanto, deben interponerse mediante habeas corpus”, añadieron.

En cuanto a qué tribunal resolverá la impugnación, el Supremo determinó que la jurisdicción corresponde al distrito de confinamiento.

El 15 de marzo, el juez James Boasberg, de Washington, había bloqueado los intentos de la Administración Trump para continuar con las deportaciones bajo la referida ley tras la demanda presentada por cinco venezolanos.

El pleito había sido certificado por el juez como una demanda colectiva que aplicaría a todos los venezolanos que no tengan ciudadanía estadounidense y se encuentren bajo custodia de las autoridades federales.

Lo que hizo el Supremo fue levantar la decisión inferior con cinco votos a favor y cuatro en contra.

La decisión de Boasberg tenía carácter temporal. Antes de la más reciente decisión, para esta martes, había una audiencia pautada para extender el fallo.

En su opinión disidente, la jueza de origen puertorriqueño, Sonia Sotomayor, planteó que el interés principal de la Administración es, aparentemente, acelerar las deportaciones.

“El plan del Gobierno, al parecer, era expulsar rápidamente a los demandantes del país antes de que un tribunal pudiera decidir si la invocación de la Ley de Enemigos Extranjeros por parte del Presidente era legal o si estos individuos eran, de hecho, miembros del Tren de Aragua”, consideró Sotomayor.

Bajo el estatuto, la Administración Trump ha estado enviando a supuestos pandilleros a una cárcel de máxima seguridad en El Salvador.

El gobierno de EE.UU. alega que los migrantes son miembros del Tren de Aragua y que mantienen una guerra irregular contra EE.UU.

Trump invocó la ley de 1798 el 14 de marzo pasado.

La Ley de Enemigos Extranjeros no había sido invocada desde la Segunda Guerra Mundial, cuando el presidente Franklin D. Roosevelt, amparado en la misma, catalogó a los nacionales de Japón, Alemania e Italia (los 3 países del Eje) como “enemigos extranjeros”.

“Siempre que haya una guerra declarada entre los Estados Unidos y cualquier nación o gobierno extranjero, o cualquier invasión o incursión depredadora sea perpetrada, intentada o amenazada contra el territorio de los Estados Unidos por cualquier nación o gobierno extranjero, y el Presidente haga proclamación pública del evento, todos los nativos, ciudadanos, moradores o súbditos de la nación o gobierno hostil, mayores de catorce años, que se encuentren dentro de los Estados Unidos y no estén realmente naturalizados, estarán sujetos a ser aprehendidos, restringidos, asegurados y removidos como enemigos extranjeros”, lee parte de la ley a la que hace referencia Trump y su equipo.

Para el National Immigration Law Center (NILC), la movida de la Administración es ilegal, ya que la AEA solo faculta al Gobierno a detener y deportar a migrantes cuando EE.UU. se encuentra en guerra, y, en estos momentos, EE.UU. no se encuentra en un conflicto bélico, porque no se puede equiparar el concepto anterior a la crisis en la frontera.

Se trata de un intento ilegal de hacer un mal uso de las autoridades en tiempos de guerra para justificar lo que es básicamente una campaña de secuestros masivos”, consideró la entidad.

La decisión del Supremo se reportó el mismo día en que el tribunal detuvo la orden para que la Administración Trump trajera de vuelta al país a Kilmar Abrego García, un salvadoreño residente en Maryland que fue enviado por error a la misma prisión a la que se están enviando a los procesados bajo AEA.

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