Lujoso hotel es sancionado con S/ 150.656 por reproducir indebidamente canciones de Shakira, Lady Gaga, Daddy Yankee y otras decenas de artistas

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Una de las canciones másUna de las canciones más resaltantes de las tantas observadas fue La Bicicleta de Carlos Vives y Shakira. Foto: Carlos Vives/YouTube

Un exclusivo hotel ubicado en San Isidro fue sancionado por el Indecopi luego de comprobarse que utilizó música protegida sin pagar la remuneración correspondiente a los productores fonográficos. La Resolución Nº 262-2025/CDA-INDECOPI, emitida por la Comisión de Derecho de Autor y accedida por Infobae Perú en primicia, determinó que el establecimiento incurrió durante años en actos de comunicación pública de fonogramas sin autorización, a través de los televisores instalados en sus habitaciones.

El caso fue iniciado por la Unión Peruana de Productores Fonográficos (UNIMPRO), que denunció a la empresa Swiss Management S.A.C., operadora del Arte Hotel Lima, por negarse a pagar la tarifa establecida por la difusión de fonogramas administrados por la entidad, pese a múltiples advertencias. Tras evaluar la documentación, los medios probatorios y la conducta procesal de la empresa, la Comisión declaró fundada la denuncia y ordenó el pago de una multa ascendente a 28,16 UIT, equivalente a S/ 150.656.

UNIMPRO presentó su denuncia en octubre de 2024, señalando que el hotel reproducía en sus habitaciones diversos fonogramas sin efectuar la remuneración exigida por ley. La entidad precisó que la empresa estaba obligada a pagar por la comunicación pública de obras musicales en virtud del artículo 137° del Decreto Legislativo 822, concordante con la Decisión 351 de la Comunidad Andina.

La falta se habría cometido durante un periodo extenso: desde enero de 2017 hasta febrero de 2024, con excepción de los meses correspondientes a las restricciones de la pandemia (marzo y abril de 2020, y de enero a noviembre de 2021). UNIMPRO afirmó además que el hotel había sido notificado previamente sobre su obligación, pero aun así no cumplió con abonar la remuneración.

Durante la inspección del 14 de febrero de 2024, personal del Indecopi verificó que el hotel contaba con 36 habitaciones, de las cuales 33 estaban habilitadas, y que todas disponían de televisores conectados al servicio de televisión por cable de DirecTV. La sola puesta a disposición del público de estos equipos configuraba un acto de comunicación al público, según recordó la denunciante, debido a que permitían el acceso a programas que contenían fonogramas protegidos.

I was made for lovinI was made for lovin you de Kiss fue otra de las canciones observadas. Foto: Kiss

Entre los contenidos difundidos se encontraban programas como “Esto Es Guerra”, “Magaly TV La Firme”, “Arriba mi gente” y “JB en ATV”, en cuyas transmisiones UNIMPRO identificó diversas obras musicales reproducidas sin autorización, pertenecientes a productores musicales nacionales e internacionales.

Luego de analizar los medios probatorios, la Comisión concluyó que la empresa se negó injustificadamente a pagar la remuneración correspondiente, pese a que incluso fue intimada en mora mediante carta notarial recibida el 12 de agosto de 2024.

El cálculo de la multa se realizó con base en la metodología establecida en el Decreto Supremo N.º 032-2021-PCM. El Indecopi determinó que existía un ánimo de lucro, al utilizarse los fonogramas para mejorar la experiencia de los huéspedes, lo que constituye una circunstancia agravante. Por ello, el factor aplicado se elevó a 150%, lo que generó una multa preliminar de S/ 150.656, equivalente a 28,16 UI.

La Comisión verificó que este monto no excedía los topes legales, por lo que declaró aplicable la multa final en la misma cuantía, la cual deberá ser pagada dentro de un plazo de 15 días desde la notificación.

Además de la multa, la Comisión ordenó que el hotel pague a UNIMPRO las remuneraciones devengadas durante el periodo investigado. El monto asciende a USD 4.263,93, equivalente a la tarifa que habría correspondido por los 86 meses de comunicación pública de fonogramas verificados, incluyendo el IGV.

El 14 de febrero deEl 14 de febrero de 2024, una revisión del Indecopi confirmó que el hotel operaba con 33 habitaciones activas y que cada una tenía un televisor conectado al servicio de DirecTV. Foto: Google Maps

Este pago no sustituye la obligación futura de obtener licencias o autorizaciones, por lo que la empresa deberá regularizar su situación si desea continuar difundiendo obras musicales en sus instalaciones.

La Comisión también ordenó a Swiss Management S.A.C. asumir el pago de las costas y costos del procedimiento, al considerar que la empresa debió prever que su negativa generaría la apertura de un procedimiento administrativo y gastos para la entidad denunciante y la administración pública.

Finalmente, la resolución dispone la inscripción del hotel en el Registro de Infractores de la legislación sobre derecho de autor y conexos, lo cual constituye un antecedente formal para eventuales procedimientos futuros.

A continuación, compartimos todos los fonogramas junto a sus fechas de reproducción, intérpretes y programas emitidos a través de los televisores del hotel.

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