Liberación de archivos de Epstein: DOJ no tendría que divulgar toda la información

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NUEVA YORK – Aunque se supone que los archivos de financista convicto de abuso sexual Jeffrey Epstein deben ser divulgados a más tardar 30 días después de la fecha de entrada en vigor de la ley aprobada esta semana en el Congreso a esos fines, habría información que pudiera mantenerse clasificada y no ser liberada al público.

El representante republicano de Kentucky, Thomas Massie, y el demócrata de California, Ro Khanna, introdujeron “Epstein Files Transparency Act” (EFTA) o Ley de Transparencia de los Archivos Epstein.

Este martes, EFTA (H.R.4405) fue aprobada por la Cámara de Representantes con 427 votos a favor y 1 en contra. La medida fue lleva a votación en el pleno después de que se reunieran las 218 firmas necesarias para una petición de destitución para que la legislación se debatiera en el hemiciclo. La recién juramentada representante de Arizona, Adelita Gijalva, proveyó la firma faltante para que la solicitud bajara a consideración en el pleno.

Trump firmó la legislación este miércoles.

La ley le exige al Departamento de Justicia (DOJ), en este caso encabezado por la fiscal Pam Bondi, a que divulgue los documentos y registros en su posesión relacionados con el caso del ofensor sexual en un periodo de 30 días a partir de la fecha de entrada en vigor del estatuto.

EFTA ordena que se pondrá a disposición del público, en un formato accesible y descargable, “todos los registros, documentos, comunicaciones y materiales de investigación no clasificados que obren en poder del Departamento de Justicia, la Oficina Federal de Investigación (FBI) y las fiscalías federales” sobre Epstein, incluyendo todas las investigaciones, enjuiciamientos o asuntos relacionados con su detención.

La ley además ordena que se publiquen los datos sobre Ghislaine Maxwell, expareja de Epstein y su principal compinche. Maxwell fue condenada a 20 años de prisión por su papel en la red de tráfico sexual de Epstein.

EFTA requiere también que se hagan accesibles los registros de vuelo o de viaje, “incluyendo, entre otros, manifiestos, itinerarios, registros de pilotos y documentación aduanera o de inmigración, de cualquier aeronave, embarcación o vehículo propiedad de, operado o utilizado por Jeffrey Epstein o cualquier entidad relacionada”.

Las autoridades deben suministrar la información sobre funcionarios públicos, mencionados o a los que se hace referencia en relación con las actividades delictivas de Epstein, así como acuerdos civiles, de inmunidad o de culpabilidad, o procedimientos de investigación.

De igual manera, el DOJ tiene que proveer información sobre entidades corporativas, sin fines de lucro, académicas o gubernamentales, con vínculos conocidos o presuntos con las redes de tráfico o financieras de Epstein.

Cualquier acuerdo de inmunidad, convenio de no enjuiciamiento, negociación de la pena o acuerdo extrajudicial confidencial que involucre a Epstein o sus asociados también debe ser liberado.

Comunicaciones internas del Departamento de Justicia, incluidos correos electrónicos, memorandos y actas de reuniones, relativas a las decisiones de presentar cargos, no presentar cargos, investigar o denegar la investigación contra Epstein o sus asociados”, añade la ley.

Otros archivos que debe soltar la agencia son los relacionados con las comunicaciones, memorandos, directivas, registros o metadatos relativos a la destrucción, eliminación, alteración, extravío u ocultamiento de documentos, grabaciones o datos electrónicos relacionados con Epstein, sus asociados, su detención y muerte, o cualquier expediente de investigación.

Finalmente, la medida establece que la documentación sobre la detención o muerte de Epstein, “incluidos informes de incidentes, entrevistas con testigos, expedientes del médico forense, informes de autopsia y registros escritos que detallen las circunstancias y la causa de la muerte” debe ser provista.

La ley indica que “ningún registro podrá ser retenido, retrasado ni editado por motivos de vergüenza, daño a la reputación o sensibilidad política, incluso ante cualquier funcionario gubernamental, figura pública o dignatario extranjero”.

Los límites a la divulgación de información

Sin embargo, la propia pieza legislativa provee para que cierta información no sea desclasificada por la agencia, lo que identifica como “retenciones permitidas”.

Bajo esta categoría caen las de los registros que contengan información de identificación personal de las víctimas o sus expedientes personales, médicos y similares, ya que la divulgación constituiría una invasión injustificada de la privacidad personal.

El DOJ puede determinar no divulgar registros que muestren o contengan material de abuso sexual infantil (MSSI).

También pueden reservarse información que entiendan que pone en peligro una investigación federal activa o un proceso penal en curso, “siempre que dicha retención sea estrictamente necesaria y temporal”.

En los casos en los que los archivos representen o contengan imágenes de muerte, abuso físico o lesiones a cualquier persona o contenga información con orden de mantenerse en secreto “en aras de la defensa nacional o la política exterior”, el DOJ también puede mantener confidenciales los mismos.

Sin embargo, EFTA clarifica que la confidencialidad de esos archivos debe justificarse por escrito, la explicación publicada en el Registro Federal y presentada ante el Congreso.

En la medida en que cualquier información cubierta de otro modo sea retenida como información clasificada en virtud, el fiscal general desclasificará dicha información clasificada en la mayor medida posible, resume el texto del H.R.4405.

“Si la fiscal general determina que la información protegida no puede desclasificarse ni divulgarse de manera que se proteja la seguridad nacional de los Estados Unidos, incluidos los métodos o fuentes relacionados con dicha seguridad, el fiscal general publicará un resumen no clasificado de cada una de las informaciones clasificadas redactadas o retenidas”, añade la resolución.

EFTA además establece que, dentro de los 15 días posteriores a la finalización de la divulgación, la fiscal general deberá presentar a los Comités Judiciales de la Cámara de Representantes y del Senado un informe que incluya todas las categorías de registros divulgados y retenidos. El compendio además debe incluir un resumen de las partes censuradas, incluyendo su fundamento jurídico. El reporte además debe contener “una lista de todos los funcionarios gubernamentales y personas políticamente expuestas mencionadas o referenciadas en los materiales divulgados, sin las partes censuradas permitidas”.

El debate sobre la divulgación de los archivos en virtud del trámite legislativo se intensificó a nivel nacional esta semana tras la firma de Grijalva, inmediatamente, después de hacer sido juramentada al cargo luego de siete semanas de ganar el escaño.

Los demócratas alegan que la divulgación de los archivos implicará más al presidente Donald Trump en las andanzas de Epstein. Alegan, entre otras cosas, que el material confirmará que el presidente estaba al tanto de los crímenes del convicto y que “pasó horas” con una de sus víctimas.

En un mensaje en Thruth Social ayer, el presidente anticipó que los que realmente saldrían perjudicados con la liberación de los archivos son los demócratas.

“Quizás la verdad sobre estos demócratas y sus vínculos con Jeffrey Epstein pronto se revele, ¡porque acabo de firmar la ley para divulgar los archivos de Epstein! Como todos saben, le pedí al presidente de la Cámara de Representantes, Mike Johnson, y al líder de la mayoría del Senado, John Thune, que aprobaran esta ley en la Cámara y el Senado, respectivamente. Gracias a esta solicitud, la votación fue casi unánime a favor de su aprobación. Siguiendo mis instrucciones, el Departamento de Justicia ya ha entregado cerca de 50,000 páginas de documentos al Congreso. No lo olviden: la Administración Biden no entregó ni un solo archivo ni página relacionada con el demócrata Epstein, ni siquiera se pronunció sobre él”, indicó el republicano.

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