“Estado de conmoción exterior”, la respuesta de Maduro al cerco de EEUU contra el Cartel de los Soles

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CARACAS.- El dictador venezolano, Nicolás Maduro, anunció este martes, 23 de septiembre, su intención de declarar un "estado de conmoción exterior" en Venezuela en respuesta al despliegue de buques militares de Estados Unidos en el Caribe para combatir al Cartel de los Soles que, según autoridades estadounidenses, su régimen lidera.

El decreto, presentado durante la instalación del Consejo de Estado en Caracas, estaría fundamentado en el artículo 338 de la Constitución venezolana y permite restringir temporalmente ciertas garantías constitucionales en caso de conflicto internacional, salvo derechos fundamentales como la vida y la prohibición de la tortura, que el régimen chavista vulnera sistemáticamente, según informes de organismos internacionales de derechos humanos.

“Ya pudimos decir, está casi constituido el primer decreto”, declaró Maduro al mostrar una carpeta roja titulada “Decreto por medio del cual se declara estado de conmoción exterior en todo el territorio nacional”.

Tensiones en el Caribe

La decisión del dictador venezolano de invocar esta figura constitucional se produce luego de que Washington desplegara hace un mes ocho buques y un submarino en aguas del Caribe, con el fin de combatir el narcotráfico que, asegura, representa una amenaza para la seguridad nacional de EEUU.

En estas operaciones, al menos tres embarcaciones fueron destruidas tras partir de Venezuela con cargamentos de droga, dejando 14 muertos, según reportes militares estadounidenses. Uno de los incidentes más recientes ocurrió el 12 de septiembre, cuando el destructor estadounidense USS Jason Dunham abordó el barco pesquero venezolano “Carmen Rosa”.

Maduro aseguró que la medida busca garantizar la estabilidad, la soberanía y la unidad de Venezuela y recalcó que el país está preparado “para cualquier escenario” y que saldrá adelante frente a las amenazas externas.

Horas antes del anuncio, cientos de civiles y militares marcharon en Caracas con fusiles en mano y a bordo de vehículos de guerra en respaldo a Maduro. La movilización también respondió a un video divulgado por el presidente Donald Trump en su red Truth Social, en el que ironizó sobre mujeres de la milicia venezolana durante entrenamientos militares.

El ministro de Defensa, Vladimir Padrino López, calificó la publicación de Trump como un acto de “supremacismo” y “racismo”. “La burla es desprecio por el prójimo… La burla es racismo”, expresó desde la tarima donde se concentraron simpatizantes chavistas.

Alcance constitucional

La Constitución venezolana permite decretar el estado de conmoción interior o exterior en caso de conflicto interno o externo, que ponga seriamente en peligro la seguridad de la nación, de sus ciudadanos o sus instituciones.

El estado de conmoción exterior puede durar hasta 90 días, prorrogables por un período de 90 días igual. El decreto firmado debe presentarse a la Asamblea Nacional (AN) y a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ambas instituciones controladas por el chavismo, en un plazo de ocho días para su aprobación y revisión de constitucionalidad.

Aunque los estados de excepción permiten restringir ciertas garantías constitucionales, la Constitución venezolana y los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el país (como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos) establecen que ciertos derechos son intangibles e inderogables. Es decir, que no pueden suspenderse ni restringirse bajo ningún estado de excepción, incluyendo el estado de conmoción exterior.

Estos derechos serían:

  • Derecho a la vida

  • Prohibición de la incomunicación y la tortura

  • Derecho al debido proceso

  • Libertad de conciencia y religión

  • Derecho a la defensa y acceso a la justicia

  • Derecho a la nacionalidad

  • Derecho a la información

  • Otros derivados de obligaciones internacionales.

¿Se garantizan los DDHH en Venezuela?

Aunque estos derechos, considerados intangibles e inderogables, están jurídicamente garantizados, en la práctica realmente no lo están. Organizaciones como Amnistía Internacional, Human Rights Watch, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y ONG como PROVEA, Foro Penal, Observatorio Venezolano de Prisiones han documentado cómo estos derechos no se garantizan plenamente.

Casos recientes, en informes presentados a finales de 2024 y en el primer semestre de 2025, incluyen desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias, torturas, ejecuciones extrajudiciales y censura informativa, lo cual demuestra una violación sistemática de derechos que deberían ser inderogables.

Incluso, el propio Comité de Derechos Humanos de las Naciones ha señalado que Venezuela incumple con el principio de intangibilidad de derechos humanos durante la aplicación de estados de excepción.

Y la experiencia ha demostrado que los estados de excepción en Venezuela, en lugar de usarse con límites constitucionales, han servido como herramientas de control político y social, de acuerdo a denuncias de organismos internacionales.

FUENTE: Con información de AFP / La Patilla / NTN24

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