¿Cuál es la edad mínima de consentimiento sexual en el Perú?

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Si el menor de edadSi el menor de edad tiene entre 14 a 17 años puede consentir relaciones solo si no hay violencia, engaño ni abuso de poder (Pexels)

Recientemente, dos efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) fueron intervenidos en un hostal del distrito de La Victoria (Lima), luego de que se les encontrara en compañía de dos menores de edad, de 14 y 15 años, que habían sido reportadas como desaparecidas. Los agentes, identificados como los alféreces Efraín Marcelo Alcocer Rosales (22 años) y Paulo Román Huamani (25 años), se habrían ausentado de su puesto en la comisaría de San Cosme sin autorización y fueron ubicados durante la madrugada del viernes 17 de octubre gracias a un operativo.

Al ser encontrados, la fiscalía del turno dispuso la detención de los implicados por presunto delito contra la libertad sexual y abandono del servicio. El caso ha generado consternación entre los familiares de las adolescentes, quienes se habían puesto en contacto con la comisaría en horas previas para denunciar la desaparición.

Esta noticia generó diversos comentarios en redes sociales en los que se defendía el actuar de los policías debido a que las dos menores ya tenían la edad mínima de consentimiento sexual que es establecida por la ley. Al respecto, es necesario aclarar varios puntos importantes sobre la potestad de los menores de edad para consentir una relación sexual.

En Perú, la edad de consentimiento sexual es 14 años, según el artículo 173-A del Código Penal Peruano. Sin embargo, no significa que cualquier relación sexual con un menor de 18 años sea automáticamente válida o libre de sanción. Esto quiere decir que, a partir de los 14 años, una persona puede consentir legalmente una relación sexual, siempre que no exista violencia, amenaza, engaño o abuso de poder.

Si ambos son adolescentes ySi ambos son adolescentes y la relación es consentida, libre y sin abuso, la ley no penaliza ese vínculo (Imagen Ilustrativa Infobae)

Por ejemplo: si dos adolescentes de 15 y 16 años mantienen relaciones sexuales consentidas, no es delito. Pero si uno de ellos engaña, coacciona o se aprovecha de una situación de vulnerabilidad, sí podría considerarse delito sexual.

En otras palabras, si ambos son adolescentes y la relación es consentida, libre y sin abuso, la ley no penaliza ese vínculo. El Estado busca educar y orientar, más que sancionar, en estos casos, promoviendo el acceso a educación sexual integral y métodos anticonceptivos.

Aunque la ley no establece una diferencia máxima de edad entre los involucrados, los tribunales peruanos y el Ministerio Público evalúan caso por caso cuando hay una relación desigual.

Por ejemplo: si el mayor tiene autoridad, confianza o poder sobre el menor (profesor, entrenador, tutor, etc.), puede considerarse violación sexual de persona en incapacidad de resistir o abuso sexual. También si el menor fue manipulado, presionado o no comprendía completamente lo que implicaba el acto sexual.

Si el niño o adolescenteSi el niño o adolescente es menor de 14 años, cualquier acto sexual es violación sexual de menor (ICBF)

No se considera consentimiento válido, incluso si el menor dice “sí”, cuando:

  • La persona tiene menos de 14 años. En ese caso, el acto sexual es automáticamente violación sexual de menor de edad.
  • Hay violencia, amenaza o intimidación.
  • Existe engaño (por ejemplo, prometer amor o beneficios para obtener sexo).
  • Hay diferencia de poder o dependencia (profesor, jefe, familiar con tutela, etc.).

En resumen:

  • Si el niño o adolescente es menor de 14 años, cualquier acto sexual es violación sexual de menor. No hay consentimiento válido. Una persona mayor de 18 años con un menor de 14, siempre es delito.
  • Si el menor de edad tiene entre 14 a 17 años puede consentir relaciones solo si no hay violencia, engaño ni abuso de poder. Una persona mayor de 18 años con un menor de entre 14 a 17, dependiendo del contexto; puede ser válido si hay consentimiento libre y no hay aprovechamiento.

La diferencia de edad entre una persona mayor de 18 años y una menor de edad siempre implica una relación de poder. No se trata solo de los años, sino de la experiencia, la madurez emocional y la capacidad de influencia que el adulto ejerce sobre el menor. Por eso puede resultar cuestionable que la ley peruana permita relaciones sexuales entre mayores de edad y adolescentes de 14 a 17 años, porque en estos casos el consentimiento no es realmente libre. Detrás de cualquier vínculo de este tipo suele haber manipulación, presión emocional o abuso de confianza, aunque se disfrace de relación sentimental.

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