Condenaron a ocho años de prisión a una mujer trans por trata de personas y explotación sexual

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Condenaron a una mujer transCondenaron a una mujer trans por explotación, robo agravado, tentativa de extorsión y trata de personas

La justicia de Mendoza condenó a ocho años de prisión efectiva a una mujer trans de 53 años, al encontrarla culpable de trata de personas, robo agrado y de una serie de delitos adicionales. El fallo unificó tres condenas anteriores —por lo que estableció una pena única— en relación con dos emitidas por la justicia provincial y una del fuero federal.

Tras conocerse la sentencia, Paloma León Araya pasará los próximos años en el complejo penitenciario Almafuerte II, de la localidad de Cacheuta, según lo resuelto por la magistrada Mónica Romero.

Las investigaciones judiciales determinaron que Araya lideraba una red de prostitución en la zona de la Costanera, donde sometía a explotación económica a mujeres, muchas de ellas en contextos de vulnerabilidad o adicciones. De acuerdo con la causa, operaba desde un departamento que se utilizaba para servicios sexuales, y empleaba la terraza como punto de vigilancia.

La evidencia reunida incluyó escuchas telefónicas que confirmaron el control que ejercía sobre las mujeres y las maniobras de extorsión que implementaba, otro de los delitos por los cuales fue condenada, bajo la carátula de tentativa de extorsión, según lo indicado por el portal Mendozatoday.

La condenada permanecerá en elLa condenada permanecerá en el complejo penitenciario Almafuerte

El caso se activó a partir de una denuncia anónima recibida en diciembre de 2020 a la línea 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata. La investigación permitió reconstruir el modo de proceder de la persona, cuya estrategia se centraba en captar a mujeres trans y travestis mediante la promesa de brindarles seguridad en áreas bajo su control, como San José, la Cuarta Sección Este y parte del carril Rodríguez Peña, sectores que denominaba “La Ruta”.

Las víctimas se veían obligadas a abonar una “plaza” para desempeñar actividades de trabajo sexual, además de pagar por el uso de habitaciones y entregar una comisión por cada servicio sexual efectuado. Además, existían mecanismos para consolidar la coacción y el endeudamiento. Las trabajadoras que no asistían a las reuniones de cobro fijadas eran sancionadas con multas de 10.000 pesos, según lo registrado en llamadas intervenidas. En las escuchas surgieron conversaciones sobre préstamos, retención de fondos del ANSES y deudas acumuladas, algunas superando los 300.000 pesos.

El proceso judicial consideró distintos antecedentes. En 2012, dos mujeres trans la denunciaron por presuntas agresiones físicas después de negarse a abonar un dinero para trabajar en las inmediaciones del Acuario Municipal. Resultó absuelta en esa causa, debido a la falta de pruebas suficientes. En 2013, otra persona la identificó como autora intelectual de un intento de homicidio. En esa oportunidad, la víctima fue rociada con combustible y atacada con fuego, luego de rechazar las condiciones que la acusada exigía para ejercer la prostitución.

La unificación de todos los expedientes en su contra permitió que la Justicia definiera una sola pena de cumplimiento efectivo que abarcará los hechos por los cuales la condenada había recibido sentencias separadas.

El fallo unánime ordena unaEl fallo unánime ordena una reparación económica significativa para cada una de las mujeres afectadas, además de la condena penal (imagen ilustrativa)

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó a fines de septiembre una condena a ocho años de prisión efectiva para Mercedes del Valle Ramos y Jonathan Isaac Barrionuevo por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual en la provincia de Tucumán. El fallo estableció además una reparación económica para las víctimas identificadas como TV01, TV02 y AJH, quienes estuvieron sometidas por un período prolongado.

La sentencia ratificó la existencia de un régimen de abuso sostenido y la privación sistemática de la autonomía de las víctimas. De acuerdo con el fallo al que accedió Infobae, en el inmueble funcionó un prostíbulo encubierto, donde las mujeres eran obligadas a mantener relaciones sexuales con terceros, bajo constante control y despojo del dinero producido.

El proceso determinó que las víctimas fueron reclutadas, trasladadas y controladas en un contexto de extrema vulnerabilidad. Según la justicia, Ramos organizaba los turnos, se apropiaba del dinero y limitaba los movimientos de las víctimas, mientras que Barrionuevo se encargaba de difundir imágenes, organizar los encuentros y cobrar parte de las ganancias.

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